Nuevos avances en fertilidad: vientres de alquiler

Nuevos avances en fertilidad: vientres de alquiler

La gestación subrogada o más conocida como vientre de alquiler, es uno de los nuevos avances en fertilidad ilegal en España. Según el artículo 20 de la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción asistida, el contrato por el que se conviene la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o tercero, es nulo de pleno derecho. Sin embargo, sí pueden ser inscritos en el Registro Civil los niños nacidos fruto de esta técnica, siempre y cuando el procedimiento se haya realizado en un país en el que esté regulado.

Antes de nada, es necesario distinguir entre maternidad subrogada altruista y comercial. En este último caso, existe un acuerdo comercial o económico entre las dos partes. Por el contrario, la subrogación altruista se produce cuando la madre de alquiler se presta a tener el hijo de una pareja sin ningún acuerdo comercial de por medio. Existen muchos casos en los que son familiares o amigos cercanos quienes se prestan a hacerlo.

Existe un gran vacío legal en lo que a maternidad subrogada o vientres de alquiler se refiere. Depende de cada país y las circunstancias de la madre de alquiler y la pareja que desea tener un bebé. En España, esta práctica está totalmente prohibida, mientras que en países como Estados Unidos es una técnica que se lleva practicando más de 40 años. En India, la Corte Suprema sentenció que la maternidad subrogada con fines comerciales está permitida desde 2008.

Aunque supone uno de los nuevos avances en fertilidad, los vientres de alquiler suscitan todo tipo de opiniones y plantean un fuerte debate ético, religioso, jurídico y psicológico. En España, existen diferentes clínicas y centros en los que puedes someterte a una donación de ovulación, pero en ningún caso está permitida la maternidad subrogada.

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