Nuevos avances en fertilidad: avances legales

Nuevos avances en fertilidad: avances legales

La Fecundación In Vitro y otras técnicas de reproducción asistida como la donación de óvulos, han supuesto importantes nuevos avances en lo que a fertilidad se refiere, pero también llevan consigo avances legales ya que, desde la aparición de estas técnicas en los años 70, ha surgido un gran debate que debía ser abordado desde el aspecto legal.

En España, las técnicas de reproducción asistida quedaron reguladas por Ley en 1988. Fue la primera ley en promulgarse sobre esta materia entre las legislaciones de otros países de nuestro entorno cultural y geográfico. Supuso un avance científico y clínico, no sólo para paliar los problemas de esterilidad sino para otros fines diagnósticos o de investigación.

En lo referente a la donación de óvulos, los aspectos legales están recogidos en la Ley de reproducción asistida aprobada el 26 de mayo de 2006 por el Congreso de los Diputados y por el Real Decreto 412/1996.

De acuerdo con esta Ley, la donación de óvulos es un contrato gratuito, formal y confidencial entre la donante y el centro autorizado. Las donantes deberán firmar un documento que les entregará el centro, en el que figuran los fines y consecuencias de la donación de óvulos, así como los diferentes estudios y procedimientos a los que será sometida.

Pero sin duda alguna de los nuevos avances en fertilidad que se han producido en los últimos años, uno de lo más importante más allá de los avances en tratamientos, son los avances legales referentes a la edad que permiten a mujeres de más de 38 años ser madres por primera vez. Aunque la edad límite establecida en la sanidad pública es de 40 años, no ocurre lo mismo con las clínicas privadas en las que entran en juego también otros criterios a la hora de determinar la edad máxima a la que una mujer puede someterse a una técnica de reproducción asistida.

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