Aspectos legales de la Fecundación In Vitro

FECUNDACIÓN LEGAL

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Aunque existe un vacío legal en algunos puntos, te contamos los aspectos legales de la FIV: Fecundación In Vitro que debes conocer.

La aparición de las técnicas de reproducción asistida en los años 70 supuso la posibilidad de encontrar la solución al problema de esterilidad que padecían un amplio número de parejas con esta patología. La utilidad de estas técnicas pronto hizo sentir en los países de Europa la necesidad de abordar la legalidad de técnicas como la Fecundación In Vitro.

¿Hay casos de fracaso de Fecundación In Vitro recientes?

¿Cuánto vale la Fecundación In Vitro?

En España, las técnicas de reproducción asistida quedaron reguladas por Ley en 1988. Fue la primera ley en promulgarse sobre esta materia entre las legislaciones de otros países de nuestro entorno cultural y geográfico. Supuso un avance científico y clínico, no sólo para paliar los problemas de esterilidad sino para otros fines diagnósticos o de investigación.

Estos son algunos de los aspectos legales de la Fecundación In Vitro:

De carácter general

Como mujer receptora de un tratamiento de reproducción asistida, podrás solicitar en cualquier momento anterior a la transferencia embrionaria que se suspendan dichas técnicas. Si estás casada, será necesario el consentimiento de tu marido. Si no lo estás, pero el tratamiento que estás llevando a cabo lo realizas con el semen de tu pareja, también requerirá su consentimiento y si fuera con un donante el consentimiento será voluntario.

En el caso de gametos o embriones procedentes de donante

La donación de gametos y preembriones es un contrato gratuito, formal y confidencial concertado entre el donante y el centro autorizado. Tanto el banco de gametos, como los registros de donantes y de actividad de los centros, tienen obligación de garantizar la confidencialidad de los datos de identidad de los donantes. Tanto tú como los hijos nacidos del tratamiento tenéis derecho a obtener información de los donantes siempre y cuando no incluyan si identidad. Sólo los médicos eligen a los donantes en función de la mayor similitud fenotípica (caracteres visibles) e inmunológica.

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Sobre el destino de los embriones criopreservados

El destino posterior de los preembriones congelados puede ser:

- La utilización por la propia mujer o, en su caso, su cónyuge femenino.

- La donación con fines reproductivos.

- La donación con fines de investigación.

- El cese de su conservación sin otra utilización.

Obligación de renovación del consentimiento respecto de los embriones criopreservados

Cada dos años como mínimo se solicitará la renovación o modificación del consentimiento. Si al vencimiento de dos periodos de conservación consecutivos fuera imposible obtener dicha renovación habiendo sido previamente requerida por el centro de forma fehaciente (burofax con acuse de recibo, carta certificada con acuse de recibo, telegrama con acuse de recibo, carta notarial, etc.), los preembriones quedarán a disposición de este centro.

Esperamos que haber puesto en tu conocimiento la legalidad sobre la Fecundación In Vitro te haya servido de ayuda.

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